Programa de Solidaridad

Las conocidas como "Rentas Mínimas de Inserción", surgen como complemento y desarrollo de las políticas de protección social entendidas éstas, tanto en sus niveles contributivo como asistencial. El Programa de solidaridad de la Junta de Andalucía tiene como objetivo la redistribución y reparto de riqueza para garantizar la cobertura de necesidades básicas de los ciudadanos.

¿Quién puede pedirlo?

Serán beneficiarios del citado Programa las unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar constituidas de forma estable, con un año de antelación, como mínimo, a la fecha de la presentación de la solicitud, salvo en los casos de matrimonio, nacimiento de hijo o adopción, y ruptura familiar suficientemente acreditada.
  • Estar todos sus miembros empadronados como residentes en un mismo domicilio, ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, podrán admitirse excepciones a la residencia continuada cuando estén motivadas por causas de trabajo o análogas, así como por fuerza mayor.
  • Disponer de unos recursos mensuales inferiores a la cuantía del Ingreso Mínimo de Solidaridad, calculada conforme establece el artículo 6.1 del Decreto 2/1999, si bien tomando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional vigente en la fecha de presentación de la solicitud.

¿Dónde pedirlo?

En las dependencias de los Servicios Sociales Comunitarios que le correspondan según zona de residencia.

¿Qué se concede?

Un Ingreso Mínimo de Solidaridad durante un período máximo de seis meses.

Otras medidas:

  • Itinerarios Profesionales (Consejería de Empleo).
  • Medidas Educativas (Consejería de Educación).
  • Acceso a la Vivienda (Consejería de Obras Públicas y Transportes).

Obligaciones de los beneficiarios.

Serán obligaciones de los beneficiarios:

  • Comunicar a la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social correspondiente, en el plazo máximo de 15 días, la modificación sobrevenida de las circunstancias que determinaron la concesión de las acciones previstas en este Decreto.
  • Solicitar las prestaciones, contributivas o no contributivas, así como reclamar los derechos que por cualquier título pudiera corresponderles a fin de incrementar sus recursos económicos, ejerciendo las acciones pertinentes para hacerlos efectivos.
  • No rechazar oferta de empleo adecuada, ni cualquiera de las acciones previstas en el Programa de Solidaridad.
  • Prestar a la Administración la colaboración necesaria para una eficaz gestión del citado Programa.
  • Firmar y cumplir el Compromiso de Inserción que, en su caso, se establezca, y realizar las actividades fijadas en el mismo.
  • Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.