Subvenciones - Tercer Mundo
SUBVENCIONES CON DESTINO A PROYECTOS DE AYUDA AL DESARROLLO Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL PROMOVIDOS POR ONGS
1.-Objeto:
- Las subvenciones irán destinadas a apoyar los proyectos de cooperación y desarrollo que las ONGs llevan a cabo para mejora de las condiciones de vida de los pueblos del Tercer Mundo.
- Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la subvención, en las condiciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y su Reglamento.
- Las convocatorias de subvenciones estarán financiadas con cargo a los recursos del Patronato Municipal de Bienestar Social del Excmo. Ayuntamiento de Linares.
2.-Beneficiarios:
- Podrán ser beneficiarias las ONGs que cumplan los siguientes requisitos:
- Carecer de fines de lucro.
- Tener, entre sus fines institucionales, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y al fomento de la solidaridad entre los pueblos.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Linares, al menos con 6 meses de antelación a la fecha de las convocatorias.
- Disponer de sede Social o Delegación Permanente en la Ciudad de Linares.
- Y siempre que no incurran en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la LGS y que todas ellas puedan llevar a cabo los proyectos y actividades objeto de las convocatorias o se encuentren en la situación que motiva la concesión de subvenciones.
- Los beneficiarios tendrán las obligaciones impuestas por la LGS, en particular lo dispuesto en el artículo 14.