Calendario del Contribuyente
Los Plazos para las liquidaciones serán, conforme a lo establecido en el artículo 62 de la Ley General Tributaria, los siguientes:
CONCEPTO | DESDE | HASTA |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana (I.B.I.) | 1 de Abril | 31 de Mayo |
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) | 1 de Abril | 31 de Mayo |
Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) | 3 de Septiembre | 3 de Noviembre |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Rústica | 3 de Septiembre | 3 de Noviembre |
Impuesto sobre gastos suntuarios, Cotos de Caza | 25 de Septiembre | 25 de Noviembre |
Tasa por ocupación de vía pública con Quioscos | 25 de Septiembre | 25 de Noviembre |
Tasa por entrada de vehículos y reserva aparcamiento (VADOS) | 25 de Septiembre | 25 de Noviembre |
En el caso de deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, el pago en período voluntario deberá hacerse en los siguientes plazos:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
En el enlace que hay a continuación se encuentra esta información en formato pdf para poder descargarlo.